Nueva norma abre camino a alianzas entre empresas estatales y privadas en Cuba.
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La Habana, marzo de 2026 — A partir de este mes entra en
vigor un nuevo marco legal que podría transformar el panorama económico cubano:
el Decreto‑Ley 114/2025 “De la asociación entre entidades empresariales estatales y no estatales”, publicado en la Gaceta Oficial y acompañado de la
Resolución 8/2026 del Ministerio de Economía y Planificación (MEP). Ambas
normas establecen, por primera vez, un procedimiento claro para que empresas
estatales y privadas puedan asociarse formalmente en negocios conjuntos.
Según el texto legal, estas asociaciones podrán adoptar
varias formas, entre ellas sociedades de responsabilidad limitada mixtas, la
adquisición de participación estatal en mipymes privadas, e incluso la
absorción de empresas privadas por entidades estatales. También se introduce la
figura de los contratos de asociación económica, que permiten cooperar sin
crear una empresa nueva.
¿Por qué este Decreto‑Ley es importante para los
emprendedores?
En un país donde el sector privado ha crecido de forma
acelerada en los últimos años, la posibilidad de cooperar directamente con
empresas estatales abre oportunidades inéditas. El Decreto‑Ley
reconoce que es necesario dinamizar la economía a
partir de encadenamientos productivos entre actores estatales y no estatales, y
establece un sistema para hacerlo viable legalmente.
Esto significa que una mipyme, un proyecto cooperativo o un emprendimiento innovador podrá, por ejemplo:
- 1. participar como socio en una empresa mixta con una entidad estatal;
- 2. aportar tecnología, servicios, capacidades o activos intangibles como parte del capital de una asociación;
- 3. integrarse a cadenas productivas de mayor escala, con respaldo institucional;
- 4. acceder a nuevos mercados gracias al partner estatal.
Un proceso regulado, pero más claro
La Resolución 8/2026 precisa cómo será el proceso de
evaluación, aprobación y seguimiento de cada asociación. El MEP actuará como
autoridad central, apoyado por una comisión técnica que revisará la viabilidad
económica, legal y financiera de cada propuesta.
Los emprendedores deben presentar documentos como:
- 1. proyecto de negocio,
- 2. convenio de asociación,
- 3. estatutos sociales,
- 4. avalúos de bienes aportados,
- 5. certificaciones de propiedad o titularidad de activos.
La norma también aclara que estas asociaciones deben ser
autofinanciables, encajar con la estrategia de desarrollo territorial, y
demostrar capacidad real para generar utilidades.
Autonomía empresarial y nuevas facultades
Una vez creadas, las sociedades mixtas gozarán de autonomía
para gestionar su patrimonio, operar cuentas bancarias, importar y exportar
directamente, definir su estructura laboral y distribuir utilidades entre sus
socios.
Esto representa un cambio relevante para los emprendimientos
privados, que con frecuencia han enfrentado restricciones en operaciones de
comercio exterior o acceso a insumos.
¿Qué actividades no se permiten?
Las empresas mixtas no podrán dedicarse a salud, educación
ni a actividades relacionadas con instituciones armadas, salvo las propias del
sistema empresarial de esos sectores.
Un paso que puede redefinir la economía cubana
La aprobación del Decreto‑Ley 114/2025 llega en un momento
crítico para la economía
nacional, donde el Estado busca estimular la producción, atraer
inversión y mejorar la eficiencia. Para los
emprendedores, este marco legal puede convertirse en una herramienta clave para
crecer, escalar proyectos y acceder a recursos y mercados de mayor envergadura.
Con estas transformaciones, Cuba da un paso más hacia un
entorno económico donde la colaboración entre actores estatales y privados deja
de ser excepcional para convertirse en una estrategia reconocida y regulada,
con potencial de impactar positivamente en la producción nacional, la
innovación y el empleo.

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