Nueva norma abre camino a alianzas entre empresas estatales y privadas en Cuba.

 

Sensible Zarapico. 

Este articulo es generado con IA

La Habana, marzo de 2026 — A partir de este mes entra en vigor un nuevo marco legal que podría transformar el panorama económico cubano: el DecretoLey 114/2025 De la asociación entre entidades empresariales estatales y no estatales, publicado en la Gaceta Oficial y acompañado de la Resolución 8/2026 del Ministerio de Economía y Planificación (MEP). Ambas normas establecen, por primera vez, un procedimiento claro para que empresas estatales y privadas puedan asociarse formalmente en negocios conjuntos.

Según el texto legal, estas asociaciones podrán adoptar varias formas, entre ellas sociedades de responsabilidad limitada mixtas, la adquisición de participación estatal en mipymes privadas, e incluso la absorción de empresas privadas por entidades estatales. También se introduce la figura de los contratos de asociación económica, que permiten cooperar sin crear una empresa nueva.

¿Por qué este DecretoLey es importante para los emprendedores?

En un país donde el sector privado ha crecido de forma acelerada en los últimos años, la posibilidad de cooperar directamente con empresas estatales abre oportunidades inéditas. El DecretoLey reconoce que es necesario dinamizar la economía a partir de encadenamientos productivos entre actores estatales y no estatales, y establece un sistema para hacerlo viable legalmente.

Esto significa que una mipyme, un proyecto cooperativo o un emprendimiento innovador podrá, por ejemplo:

  • 1.      participar como socio en una empresa mixta con una entidad estatal;
  • 2.      aportar tecnología, servicios, capacidades o activos intangibles como parte del capital de una asociación;
  • 3.      integrarse a cadenas productivas de mayor escala, con respaldo institucional;
  • 4.      acceder a nuevos mercados gracias al partner estatal.

 Un proceso regulado, pero más claro

La Resolución 8/2026 precisa cómo será el proceso de evaluación, aprobación y seguimiento de cada asociación. El MEP actuará como autoridad central, apoyado por una comisión técnica que revisará la viabilidad económica, legal y financiera de cada propuesta.

Los emprendedores deben presentar documentos como:

  • 1.      proyecto de negocio,
  • 2.   convenio de asociación,
  • 3.      estatutos sociales,
  • 4.      avalúos de bienes aportados,
  • 5.      certificaciones de propiedad o titularidad de activos.

La norma también aclara que estas asociaciones deben ser autofinanciables, encajar con la estrategia de desarrollo territorial, y demostrar capacidad real para generar utilidades.

Autonomía empresarial y nuevas facultades

Una vez creadas, las sociedades mixtas gozarán de autonomía para gestionar su patrimonio, operar cuentas bancarias, importar y exportar directamente, definir su estructura laboral y distribuir utilidades entre sus socios.

Esto representa un cambio relevante para los emprendimientos privados, que con frecuencia han enfrentado restricciones en operaciones de comercio exterior o acceso a insumos.

¿Qué actividades no se permiten?

Las empresas mixtas no podrán dedicarse a salud, educación ni a actividades relacionadas con instituciones armadas, salvo las propias del sistema empresarial de esos sectores.

Un paso que puede redefinir la economía cubana

La aprobación del DecretoLey 114/2025 llega en un momento crítico para la economía nacional, donde el Estado busca estimular la producción, atraer inversión y mejorar la eficiencia. Para los emprendedores, este marco legal puede convertirse en una herramienta clave para crecer, escalar proyectos y acceder a recursos y mercados de mayor envergadura.

Con estas transformaciones, Cuba da un paso más hacia un entorno económico donde la colaboración entre actores estatales y privados deja de ser excepcional para convertirse en una estrategia reconocida y regulada, con potencial de impactar positivamente en la producción nacional, la innovación y el empleo.


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